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¿Conoce a alguien que ha sido arrestado en el Condado de Los Ángeles?

Llame al 833-LAC-JCOD

¿Tiene un amigo o familiar que ha sido detenido? El Departamento de Justicia, Atención y Oportunidades puede ayudarle a conectar con diferentes servicios.

¿En arresto en el Condado de Los Ángeles? ¿Necesita conocer su próximo paso?

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El Departamento de Justicia, Atención y Oportunidades responderá sus preguntas y le ayudará a conectar con los servicios que se ajusten mejor a su situación.

¿Tiene una cita en la corte del Condado de Los Ángeles próximamente?

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El Departamento de Justicia, Atención y Oportunidades le ayudará a conectar con los servicios que mejor se ajusten a su caso.

Conecte con nosotros

Si usted o alguien que conoce ha sido arrestado, podemos ayudarle a conectar con vivienda temporal y otros servicios que le ayudarán a comprender sus próximos pasos, dependiendo de sus necesidades.

Nuestros servicios son gratuitos. Estamos aquí para ayudarle.

Lista de próximos pasos

Si usted o alguien que conoce ha sido arrestado o liberado de la cárcel, aquí están los pasos que puede dar mientras espera su cita en la corte.

GUARDE SU DOCUMENTACIÓN

Mantenga todos los documentos que reciba de parte de la policía o la corte. Le indicarán cuándo y dónde debe presentarse. Si tiene alguna duda, llame a nuestro centro de soporte al 833-522-5263.

LLAME A JCOD

Si firmó su liberación asegurando que contactará a JCOD, o un juez le dio esta orden, llame al 833-522-5263 antes de su siguiente cita en el juzgado, para que pueda conectar con nuestros servicios.

ESTABLEZCA RECORDATORIOS

Un mensaje de texto puede recordarle sobre su próxima cita, llame al 833-522-5263 para ayudarle a configurarlo.

CONSIGA TRANSPORTE

Asegúrese de saber cómo llegará a la corte. Si necesita ayuda para transportarse, llame al Centro de Apoyo Justice Connect de JCOD al 833-522-5263.

GUARDE SU DOCUMENTACIÓN

Mantenga todos los documentos que reciba de parte de la policía o la corte. Le indicarán cuándo y dónde debe presentarse. Si tiene alguna duda, llame a nuestro centro de soporte al 833-522-5263.

LLAME A JCOD

Si firmó su liberación asegurando que contactará a JCOD, o un juez le dio esta orden, llame al 833-522-5263 antes de su siguiente cita en el juzgado, para que pueda conectar con nuestros servicios.

ESTABLEZCA RECORDATORIOS

Un mensaje de texto puede recordarle sobre su próxima cita, llame al 833-522-5263 para ayudarle a configurarlo.

CONSIGA TRANSPORTE

Asegúrese de saber cómo llegará a la corte. Si necesita ayuda para transportarse, llame al Centro de Apoyo Justice Connect de JCOD al 833-522-5263.

¿Se pregunta cuál es su próximo paso?

DEL ARRESTO AL JUICIO

Descifrar el sistema de justicia puede sentirse como una experiencia abrumadora. Conocer los recursos disponibles y sus próximos pasos puede ayudarle.

Seleccione el botón que se ajuste a su caso:

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EN CUSTODIA

Arrestado / Detenido

LO QUE NECESITA SABER

  • Una persona es considerada inocente hasta que le comprueben lo contrario.

Arrestado y procesado por la policía

LO QUE NECESITA SABER

  • Una detención puede tomar varias horas.
  • Le tomarán sus huellas, lo registrarán físicamente y revisarán sus antecedentes.
  • Los artículos personales que la persona cargue en el momento deberán ser entregados y almacenados.
  • Después de este registro, un juez o jueza decidirá si la persona es elegible para:
    • fianza monetaria.
    • libertad sin fianza.
    • o si por alguna razón no califica para ser liberada.
  • Si la persona no es elegible para ser liberada o salir bajo fianza, permanecerá bajo custodia.
  • Si la fianza es necesaria y se paga, la persona puede ser liberada, siempre y cuando no haya otra razón para mantenerla bajo custodia.
  • Si la fianza es necesaria, y no se paga, la persona tendrá que permanecer bajo custodia.

LO QUE NECESITA HACER

  • Mantenga registro de cualquier documento que reciba. Esto puede ser una citación (notificación para comparecer) o cualquier otro documento.
  • Si la persona es puesta en libertad, anote la fecha de la próxima cita ante la corte. Recuerde que la persona debe presentarse en la corte ese día.
  • ¿Tiene preguntas? Puede ponerse en contacto con la Oficina del Defensor Público del Condado de Los Ángeles, antes de la fecha de su cita en la corte.

En custodia

LO QUE NECESITA SABER

  • La persona en custodia será detenida en la estación de detención o trasladada a la cárcel del condado para esperar la lectura de cargos.
  • La lectura de los cargos suele ocurrir dentro de las 48 horas de tener contacto con la policía.
  • Los fines de semana o días festivos pueden alargar el proceso, ya que los tribunales no están abiertos.

En traslado a la lectura de cargos

LO QUE NECESITA SABER

  • La lectura de cargos es la primera cita en la corte.
  • La policía transportará a la persona en custodia al juzgado.
  • Se anima a los familiares y amistades de la persona en custodia a que asistan a la lectura de cargos para dar su apoyo, aunque no podrán hablar con la persona acusada.
  • Si planea asistir a la corte:
    • Llegue al juzgado temprano, al menos a las 8:30 a.m. Necesitará tiempo para pasar por seguridad y ubicar la sala correcta.
    • Prepárese para permanecer en el juzgado durante el día completo. El horario de los tribunales es de 8:30 a.m. a 4:30 p.m., con una pausa de almuerzo de 12:00 a 1:30 p.m.
    • No lleve objetos punzocortantes, envases con líquidos, ni nada que pueda ser considerado como un arma. Los juzgados tienen detectores de metal por los que deberá pasar.
    • Si la citación no menciona en cuál sala de la corte se hará la audiencia, puede preguntar en la oficina del defensor público ubicada dentro de la corte.
    • Es posible que el juzgado tenga pantallas o quioscos donde podrá consultar sobre el caso.

Lectura de cargos en la corte

LO QUE NECESITA SABER

  • En la mayoría de los casos, los defensores públicos son asignados por el tribunal. Si no puede permitirse un abogado, pida al tribunal que le asigne un defensor público en su primera cita ante un juez.
  • La persona acusada puede declararse culpable, inocente o sin oposición. Su abogado le ayudará a definir cuál es la declaración más recomendada en su caso.
  • La primera cita de Lecturas de Cargos es rápida porque otras audiencias ocurrirán ese día. Escuche atentamente cuando el personal de la corte o el alguacil anuncie el nombre.
  • Si no anuncian el caso, es posible que hayan cambiado la cita para otro día. Consulte con el alguacil o el personal de la corte para obtener más información.
  • Si el alguacil anuncia que su caso no ha sido procesado hasta el momento, el tribunal podría darle la liberación, siempre y cuando no haya otra razón para detenerle.
    • Si la persona va a ser liberada, puede preguntar al alguacil si la liberación se realizará en la corte o después de que regresen a la cárcel.

DECISIONES QUE PUEDEN SER TOMADAS

  • Si la persona está detenida, el juez decidirá si será liberada.
  • En cada audiencia judicial, el juez puede decidir aumentar, reducir o retirar la fianza. Si es puesto en libertad bajo su propio reconocimiento o bajo fianza, debe regresar para todas las citas futuras a la corte a menos que su abogado o la corte le ordene lo contrario.
  • Es posible que deba seguir ciertas condiciones dependiendo del tipo de libertad que se le haya concedido.
  • Opciones de liberación:
    • Libertad bajo palabra: La persona queda en libertad sin pagar fianza.
      • Debe asistir a todas las próximas citas acordadas con la corte.
    • Libertad condicional: la persona queda en libertad tras comprometerse a cumplir ciertas condiciones, por ejemplo, evitar acercarse a algún lugar (orden de alejamiento) o a alguna persona (orden de restricción), participar en el programa de monitoreo electrónico u otras condiciones.
      • Debe asistir a todas las próximas citas acordadas con la corte.
      • Debe cumplir con todas las condiciones, y para algunas de ellas es posible que deba presentar pruebas en su siguiente cita con la corte.

Detenido, a la espera de la próxima cita con la corte

LO QUE NECESITA SABER

  • El abogado de su ser querido discutirá sobre las opciones disponibles para su caso. En algunos casos, esto puede incluir programas de desviación.
  • A menos que su abogado le sugiera aplicar la renuncia al derecho a procedimiento oportuno:
    • Para delitos menores, su juicio puede ocurrir dentro de los 30 días de la lectura de cargos (si la persona está detenida).
    • Para cargos de delitos graves, su cita preliminar puede ocurrir dentro de los primeros 10 días.
  • Durante las fechas de la corte antes del juicio, puede o no ser ofrecido un acuerdo de declaración por el fiscal.
  • Hasta que el caso se resuelva o vaya a juicio, puede haber varias citas preliminares. En cada cita, su abogado le explicará cómo avanza su caso. La mayoría de los casos se resuelven y no van a juicio.
  • Si busca a un ser querido que está en detenido, puede solicitar información sobre la cárcel del condado en que se encuentra y los horarios de visita respectivos.

Preparación para el juicio

LO QUE NECESITA SABER

  • Algunos juicios pueden ser muy cortos, mientras que otros pueden ser mucho más largos. El abogado le informará lo que puede esperar al respecto en su caso.

LO QUE NECESITA HACER

  • Debe presentarse a todas las citas en el juzgado, antes y durante el juicio.
    • La persona será transportada por la policía mientras esté detenida.
  • Debe seguir las indicaciones de su abogado sobre lo que debe decir y hacer en la corte (y lo que no).
  • Reúna ropa para que su ser querido use durante el juicio. Su abogado puede ayudarle a entregársela.

FUERA DE CUSTODIA

Arrestado / Detenido

LO QUE NECESITA SABER

  • Una persona es inocente hasta que comprueben lo contrario.

Arrestado y procesado por la policía

LO QUE NECESITA SABER

  • Una detención puede tomar varias horas.
  • Le tomarán sus huellas, lo registrarán físicamente y revisarán sus antecedentes.
  • Los artículos personales que la persona cargue en el momento deberán ser entregados y almacenados.
  • Después de este registro, un juez o jueza decidirá si la persona es elegible para:
    • fianza monetaria
    • libertad sin fianza
    • o si por alguna razón no califica para ser liberada.
  • El juez decidirá si una fianza es necesaria, basado en:
    • alegaciones contra usted
    • cualquier delito cometido en el pasado
    • cualquier orden de arresto que haya tenido
  • Si una fianza no es necesaria, tendrá que presentarse en la corte para su lectura de cargos.
  • También se le puede pedir que:
    • evite ciertos lugares (orden de alejamiento)
    • evite ciertas personas (orden de restricción)
  • Si se paga la fianza, puede ser puesto en libertad en cualquier momento antes del juicio, siempre que no haya otra razón para mantenerlo en custodia.
  • Si la fianza no es necesaria, tendrá que permanecer en custodia.

LO QUE NECESITA HACER

  • Obedezca la ley y preséntese ante el tribunal.
  • No se le olvide mantener un registro de toda la documentación que reciba.
    • una citación (aviso de aparecer ante el tribunal)
    • documentación sobre su fianza
    • cualquier otra documentación que reciba
  • ¿Tiene preguntas? Puede contactar a la Oficina del Defensor Público del Condado de Los Ángeles antes de su próxima cita en la corte.

Fuera de custodia, mientras espera su cita de lectura de cargos

LO QUE NECESITA SABER

  • La lectura de cargos es la primera cita en la corte.
  • La lectura de cargos será asignada entre 30 – 45 días después del arresto.
  • Llame al Centro de Apoyo JCOD al 833-LAC-JCOD.
  • Ofrecemos servicios como:
    • encontrar vivienda o empleo
    • apoyo sobre consumo de sustancias
    • apoyo sobre salud mental
    • transporte a la corte
    • gestión de atención

LO QUE NECESITA HACER

  • Asegúrese de saber la fecha y hora de su próxima cita y verifique la ubicación donde se encuentra la corte que le asignaron.
    • Si no sabe la fecha de su próxima cita, llame al 833-LAC-JCOD y le ayudaremos.
    • Para encontrar estacionamiento, ingrese la dirección de la corte en la página web de un servicio de estacionamiento.
  • Asegúrese de llegar antes de las 8:30 a.m. para pasar el control de seguridad.
  • Prepárese para permanecer en la corte durante el día completo. El horario de los juzgados es de 8:30 a.m. a 4:30 p.m., con una pausa de almuerzo de 12:00 p.m. a 1:30 p.m.
  • No lleve objetos punzocortantes, envases de líquidos u objetos que pueda considerarse un arma. Los juzgados tienen detectores de metal.
  • Si surge una emergencia y no puede presentarse en la corte, siga estos pasos.
  • Si en su citación no aparecen los detalles de su cita con el juzgado, ubique las pantallas o los quioscos en el juzgado, o pregunte en la oficina del defensor público.
  • Cuando encuentre la sala que le asignaron, póngase en contacto con el alguacil.

Lectura de cargos

LO QUE NECESITA SABER

  • Debe presentarse en el tribunal en la fecha y hora que le asignaron.
  • Puede declararse inocente, culpable, o sin oposición. Su abogado le ayudará a encontrar la mejor declaración de culpabilidad para su caso y le aconsejará sobre las consecuencias.
  • Las lecturas de cargos son rápidas porque otras audiencias ocurrirán ese día. Escuche atentamente cuando el personal de la corte o el alguacil le llame por su nombre o el de la persona acusada.
  • Si no escucha que anuncian su caso, es posible que lo hayan cambiado a otro día. Consulte con el alguacil o con el personal de la corte para obtener más información.
  • Después de la lectura de cargos, averigüe con su abogado el número de su caso para que pueda inscribirlo y así pueda recibir recordatorios de la corte.
    • Si no sabe el número de su caso, llame al 833-LAC-JCOD para solicitar ayuda.

DECISIONES QUE PUEDEN SER TOMADAS

  • Si una persona fue puesta en libertad, después de haber sido arrestada el juez decidirá si puede permanecer en libertad.
  • En cada cita, el juez puede decidir si le aumenta, rebaja, o elimina la fianza. Si queda en libertad bajo palabra o paga una fianza, debería volver a todas las próximas citas con la corte, a menos que su abogado o la corte le indiquen lo contrario.
  • Es probable que luego de ser liberada, la persona necesite cumplir ciertas condiciones dependiendo del tipo de libertad que se le haya concedido.

Opciones de liberación:

  • Libertad bajo palabra: La persona queda en libertad sin pagar fianza.
    • Debe asistir a todas las próximas citas acordadas con la corte.
  • Libertad condicional: la persona queda en libertad tras comprometerse a cumplir ciertas condiciones, por ejemplo, participar en el programa de monitoreo electrónico, evitar acercarse a algún lugar (orden de alejamiento) o a alguna persona (orden de restricción), así como otras condiciones.
    • Debe asistir a todas las próximas citas asignadas por la corte.
    • Debe cumplir con todas las condiciones, y para algunas de ellas es posible que deba presentar pruebas en su siguiente cita con la corte.

SI NO SE PRESENTA A SU CITA

  • Esto se conoce como falla de aparencia y es muy grave.
  • Se emite una orden de arresto contra la persona imputada y puede acabar detenido.
  • Puede perjudicar el resultado de su caso.
  • Si pagó una fianza a la corte y no aparece a la cita, renuncia a su derecho a recuperar su dinero.
  • Si tiene una emergencia y la persona no puede presentarse a la cita en el juzgado:
    • Llame a la corte que le asignaron y avíseles de inmediato.
    • Llame a la Oficina del Defensor Público del Condado de Los Ángeles para ponerse en contacto con un abogado.
    • Si no puede contactar a la corte o a su abogado, también puede mandar a un familiar al juzgado para informarles de lo sucedido y solicitar un cambio de fecha.
  • Si su cita ya pasó y no se presentó, llame a su abogado inmediatamente. Si no sabe el nombre de su abogado, llame a la Oficina del Defensor Público del Condado de Los Ángeles para obtener información.

Fuera de custodia, a la espera de la próxima cita con el tribunal

LO QUE NECESITA SABER

  • Su abogado discutirá las opciones disponibles en su caso. En algunos casos, esto puede incluir programas de desviación.
  • A menos que su abogado le sugiera aplicar a una renuncia al derecho a procedimiento oportuno:
    • Para delitos menores, su juicio puede ocurrir dentro de los 45 días de la lectura de cargos (si la persona está fuera de custodia).
    • Para cargos de delitos graves, su cita preliminar puede ocurrir dentro de los primeros 10 días.
  • Durante los días que tenga su cita y antes del juicio, el fiscal tiene la opción en ofrecerle un acuerdo de culpabilidad a la persona acusada.
  • Hasta que el caso se resuelva o vaya a juicio, puede haber una o más citas preliminares.
  • En cada cita, su abogado le explicará lo que está sucediendo con su caso. La mayoría de los casos se resuelven y no van a juicio.
  • Es importante llegar a tiempo a todas las citas.
    • Si no se presenta o se presenta tarde, el tribunal puede ponerle bajo custodia, aunque haya pagado la fianza o seguido todas las condiciones acordadas en su liberación.

LO QUE NECESITA HACER

  • Manténgase en contacto con su abogado durante todo el proceso.
  • Si la persona acusada cree que va a llegar tarde o que va a faltar a una cita con la corte, comuníquelo inmediatamente a su abogado.
  • Si su abogado o el Centro de Apoyo Justice Connect de JCOD se ponen en contacto con usted por teléfono o correo electrónico, responda rápidamente para que puedan darle la mejor atención.

Preparando su caso

LO QUE NECESITA SABER

  • Algunos juicios pueden ser muy cortos, mientras otros pueden ser mucho más largos. Su abogado le informará qué puede esperar de su caso.

LO QUE NECESITA HACER

  • La persona debe presentarse a todas las citas con la corte, antes y durante el juicio.
  • Seguir las indicaciones de su abogado sobre lo que debe decir y hacer en el juicio (y lo que no).
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